MADRID – El Tribunal Supremo de España ha absuelto al ex juez Baltasar Garzón, por seis votos a favor y uno en contra, del delito de prevaricación del que se le acusaba por investigar los crímenes y desapariciones durante el franquismo careciendo, según el Tribunal, de competencia legal para ello, según han informado fuentes jurídicas y publicadas por Europa Press.

El alto tribunal pone de este modo fin al último proceso judicial que tenía pendiente contra el ex juez de la Audiencia Nacional, a quien recientemente condenó a 11 años de inhabilitación por autorizar las escuchas -entre los abogados y sus defendidos- de la trama Gürtel. El Supremo también archivó por prescripción la causa por los cobros de la Universidad de Nueva York.

El tribunal, presidido por Carlos Granados, ha dado a conocer este lunes la sentencia, que tiene como ponente al juez Andrés Martínez Arrieta. La Sala enjuiciadora ha estado completada por los magistrados Perfecto Andrés Ibáñez, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano Soriano, José Manuel Maza Martín y Miguel Colmenero. Éste último redactó la resolución en la que se condenó a Garzón a 11 años de inhabilitación por las escuchas del ‘caso Gürtel’.

En este procedimiento, la acusación popular, ejercida por el sindicato Manos Limpias y la asociación Libertad e Identidad, solicitaban que Garzón fuera multado e inhabilitado por 20 años, la máxima pena prevista en el Código Penal para este delito. A su entender, vulneró “a sabiendas” la Ley de Amnistía de 1977 al abrir una causa contra el franquismo.

Tanto el fiscal Luis Navajas como su abogado defensor, Gonzalo Martínez-Fresneda, pidieron durante el juicio su libre absolución y el archivo del procedimiento. Entre otras cuestiones, aludieron a la doctrina ‘Botín’, aplicada por primera vez al presidente del banco Santander y según la cual la apertura del juicio no procedía si actúa en solitario la acusación popular.

Texto original.