527420_10151085633338779_2119108551_nMeredith Brown ofrece en Latino California la siguiente explicación sobre los cambios más recientes en las leyes de inmigración de EUA.

P: ¿Es cierto que NO tengo que salir de los EEUU si aplico para el nuevo perdón? Soy de México, entré ilegalmente, y mi esposo es un residente permanente, pero ya presentó su solicitud para la ciudadanía estadounidense.

R: SÍ tiene que salir a su país de origen, pero a partir del 4 de marzo del 2013, puede aplicar para el nuevo perdón en el formulario I-601a. También, su esposo tiene que ser un ciudadano estadounidense ANTES de presentar su solicitud I-601a.  Tiene que establecer que su esposo va a sufrir EXTREMADAMENTE si usted sale y vive en México, y tal sufrimiento incluye:  problemas de su salud física y mental; separación familiar (si él se fuera a vivir con usted a México); pérdidas económicas; interrupción en sus estudios; enfrentamiento a las condiciones en México, etc.  Aunque no se puede considerar el sufrimiento de sus hijos nacidos en los EEUU, se puede demostrar que su esposo va a sufrir debido a la condición de sus hijos.

P: ¿Debo esperar hasta el 4 de marzo del 2013 para empezar mi solicitud consular?

R: No.  Puede iniciar el proceso sometiendo la petición familiar con el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) ($420.00).  Luego debe esperar que su caso sea transferido al Centro Nacional de Visas (NVC) lo cual tarda unos 6 meses.  Después el NVC le enviará el cobro para la visa de inmigrante ($ 230.00) y para el formulario del patrocinio económico ($88.00).  Es durante esta etapa que usted deberá presentar su formulario I-601a.

P: Soy elegible para la Acción Diferida, pero también estoy casado con una ciudadana estadounidense y entré ilegalmente. No tengo muchos fondos ahorita y mi esposa está bien de salud y económicamente (de hecho, ella me mantiene)  ¿Qué hago?

R: Debe solicitar la Acción Diferida, puesto que no cuesta mucho ($465.00) en comparación al proceso consular (vea arriba para los precios). NO está garantizado que va a ganar el perdón, porque recuerde: el perdón está basado en el sufrimiento EXTREMO de su esposa, y si ella está bien económicamente y en términos de salud, es mejor esperar y optar para la Acción Diferida.

P: Mi esposa y yo tuvimos una pelea hace 5 años y robé en una tienda hace unos 8 años. También, fui detenido por inmigración en la frontera cuando entré en el 2001.  ¿Puedo aplicar para el nuevo perdón ya que ha pasado mucho tiempo de mis problemas?

R: NO debe aplicar para el nuevo perdón, ni debe aplicar para la residencia por el proceso consular. Dado que fue detenido en la frontera, no es elegible para el proceso consular (a menos que haya regresado a su país de origen y haya vivido allí por 10 años), y por sus antecedentes penales, no se puede aprovechar del perdón “sencillo” de la I-601a.  Debe consultar con un abogado. También, si tiene antecedentes penales, el USCIS se reserva el derecho de ponerle en proceso de deportación si no califica para el perdón I-601a.

P: Un notario me “garantizó” que puedo ganar el nuevo perdón, porque tengo una esposa nacida acá en los Estados Unidos.  Pero ella es joven, está trabajando bien, no tenemos hijos, y básicamente ella va a sufrir como cualquier persona si no puedo quedarme en el país. Me dice que si pierdo el perdón, nada va a pasar. ¿Qué hago?

R: Es interesante que primero dice que está “garantizando” el perdón, pero habla de que se puede perder el perdón también.  Los notarios NO pueden dar consejo legal y para este perdón, debe tener la evaluación de un abogado, puesto que es un proceso complicado.

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Latino California

Foto via Reform Immigration for America